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anp donde se utilizan los recursos en forma controlada

Si el último puerto de partida está a menos de veinticuatro (24) horas de Montevideo, se deben informar posibles cambios surgidos en la lista de cargas peligrosas a la salida del buque de dicho puerto. Los contenidos y especificaciones referentes a la prestación de los servicios, establecidos en el Decreto Nº 57/994 Régimen General de los Servicios Portuarios Para Puertos Estatales Comerciales de Ultramar de la República, formarán parte integrante del presente Reglamento de Operaciones Portuarias y primarán sobre cualquier otra disposición del mismo o inferior rango, en lo que a la prestación de los servicios portuarios se refiere. Las definiciones de conceptos partidas o unidades que intervienen en la normalización y cálculo de los distintos ítems. Será responsabilidad de cada buque y su operador, la limpieza inmediata del muelle al término de las operaciones de carga y descarga. Es la mercadería nacional o nacionalizada, movilizada por un solo medio o combinaciones de medios acuáticos de transporte, entre puertos o terminales marítimas o fluviales de Uruguay. d) En el artículo 10, que se asignan como cometidos de la Administración Nacional de Puertos, además del ya citado de asesorar al Poder Ejecutivo, el de la administración, conservación y desarrollo del Puerto de Montevideo y de aquellos otros puertos que le encomiende el Poder Ejecutivo. Los contratistas que ingresen maquinaria, equipos, implementos, herramientas o materiales dentro del exclave aduanero portuario para llevar a cabo trabajos de construcción u otros, deben igualmente mantener inventariados los mismos, con base en las declaraciones de ingreso correspondientes. No necesariamente ha de ser propietario de la embarcación, resultando suficiente la existencia de un contrato específico con el propietario, que le permita disponer de la unidad y ejercer el derecho de operarla. Los contenedores deberán ser cargados de manera que la inspección de su contenido o de los precintos aduaneros sea posible sin ninguna dificultad. Es la recibida de un buque en el puerto, procedente de un puerto extranjero, para ser introducida al territorio aduanero nacional. La denegación sólo podrá producirse por incumplimiento de los requisitos legales o reglamentarios. Artículo 65: Conexiones a tierra Pero esto último sólo en forma excepcional o subsidiaria, según resulta del artículo 9 de la Ley Nº 5.495 de 21 de julio de 1916, en la redacción dada por el artículo 10 de la Ley Nº 16.246, como también de los artículos 67 y 68 del Decreto 412/92. I) Que el artículo 7 de la citada ley dispone que compete al Poder Ejecutivo el establecimiento de la política portuaria y el control de su ejecución, así como que fomentará la descentralización de los diferentes puertos de la República. El MDN, a propuesta de la PNN, llevará a cabo los ajustes normativos pertinentes. MINISTERIO DEL INTERIOR Artículo 10: Artículo 53: Autorizaciones Artículo 12: Régimen de prestación de servicios a la mercadería a) Fotocopia autenticada del contrato o estatutos, inscriptos en el Registro Público y General de Comercio y sus modificaciones, si las hubiera. F. Otros datos o información adicional que pudiese ser requerida por la Capitanía de Puerto, en base al logro de la mayor eficiencia. La empresa norteamericana Clean Wind Energy Tower Inc. ha desarrollado un sistema capaz de generar viento con un flujo constante y fiable (que suele ser uno de los puntos débiles de este tipo de energía) mediante un procedimiento híbrido que capta la energía solar para producir corrientes de aire. Artículo 73: Transporte interno en Terminales de Contenedores Copia de estos manifiestos se deberá entregar a la Administración Portuaria, manteniéndose los bienes debidamente inventariados durante su permanencia en el exclave, en la forma ya descrita en el Artículo 28. La ANP informará a la Aduana de dichas solicitudes para asegurar el cumplimiento de las normas aduaneras, en particular las condiciones relativas límites y separaciones, en el caso de las construcciones u obras. I. El régimen de concesión o permiso, no impedirá la libre competencia entre los concesionarios o permisionarios. Los contenedores a embarcar estarán en el correspondiente punto de espera en la terminal o en el área asignada al operador, antes de la llegada del buque. C) La efectiva puesta a disposición de los particulares de bienes asignados al dominio portuario para el desarrollo de actividades de las definidas en el artículo 5 de este reglamento, devengará el canon que corresponda por la aplicación del literal A) anterior. A los efectos de este reglamento y para adaptar la denominación de los precios portuarios a la nomenclatura internacional, las distintas modalidades de precios serán, según su conceptuación y aplicación: Será de aplicación asimismo lo expresado en el inciso segundo del literal e) de este artículo. Estos formularios, así como los soportes en que deberán presentarse, se fijarán por la Administración Portuaria. a) La administración, conservación y desarrollo del puerto de Montevideo y de aquellos otros puertos que le encomiende el Poder Ejecutivo. A los efectos podrá dictar los actos de directiva y emplear cuantos medios instrumentales estén contemplados en la doctrina jurídica y sean conformes con la Constitución y la Ley. Alternativa o complementariamente, el servicio podrá ser prestado por la ANP o la DNH, según corresponda, en forma directa mediante contratación de servicios u obras con empresas privadas. La definición de los recintos aduaneros portuarios se encuentra contenida en el Artículo 2 del presente reglamento. Artículo 31: Relación de ANSE con el Poder Ejecutivo Los elementos necesarios para suministrar agua y electricidad desde muelle, serán prestados por la Administración Portuaria, a solicitud de los interesados, utilizando para ello recursos propios o de terceros, mediante contratación. Los camiones que entren o salgan con contenedores vacíos o sin carga, para tomar o después de dejar contenedores en la terminal portuaria, usarán sendas especiales para entrada o salida del recinto aduanero y se detendrán únicamente en el puesto de control para entregar su documentación o inspeccionar, en su caso, los precintos y números de los contenedores. Transporte en el recinto portuario Artículo 31: Partida del Muelle Las actas de las sesiones de estas Comisiones deberán ser elevadas al Ministerio de Transporte Y Obras Públicas. Consiste en mover físicamente la mercadería o el equipamiento de un lugar a otro del puerto o terminal marítima, sin cargarla o descargarla en vehículos motorizados o vagones de ferrocarril para su salida del recinto portuario. Artículo 22: Transitoria Artículo 78: Embarcaciones deportivas y de placer Constituye un órgano desconcentrado de la Administración Portuaria, con autonomía funcional. Sin perjuicio de lo anterior, se incoará el procedimiento para determinar si la urgencia se derivó de condiciones imputables a omisión o negligencia de los responsables, en cuyo caso se aplicará el régimen sancionatorio aplicable al incumplimiento de las obligaciones en este ítem. En sus procedimientos se ajustarán a lo dispuesto en la Ley de Puertos, con la mayor eficiencia operativa. Los recursos naturales se utilizan para fabricar alimentos, combustible y materias primas para la producción de bienes. Para asegurar la coordinación a que hace referencia el artículo 7 de la Ley 16.246, durante el primer trimestre de cada año, la Administración Nacional de Puertos elevará al Poder Ejecutivo una memoria de gestión de los puertos bajo su administración, comprensiva de las actividades desarrolladas en cada uno de ellos y de los datos consolidados que reflejan el grado de cumplimiento de los objetivos establecidos. El presente reglamento desarrolla los aspectos operativos y de actividades portuarias de la Ley de Puertos, Ley Nº 16.246 de 8 de abril de 1992 y su reglamentación general, Decreto 412/992 de 1 de septiembre de 1992. c) Las operaciones con explosivos que se efectúen en rada. Es la operación de modificar el destino de una mercadería o las marcas o señales de los bultos. Los buques abarloados deben establecer conexiones adecuadas entre ellos. se establece que "Compete al Poder Ejecutivo el establecimiento de la política portuaria y el control de su ejecución". El Aspirante a Práctico durante un período de cinco meses, embarcará una vez por rueda, maniobrando el buque bajo la vigilancia del Práctico de Turno. Salvamento y contra incendios Será pasible de la sanción correspondiente el agente o representante legal del buque, en el caso que no hubiere notificado a las Autoridades esta eventualidad, habiéndosele comunicado oportunamente tal extremo por el armador o capitán del buque. El Capitán de Puerto deberá prestar especial atención a la supresión y no generación de procedimientos burocráticos innecesarios, manteniendo sólo aquellos que sean necesarios y adecuados al fin, sin menoscabo del objetivo común de mejora de la eficiencia portuaria. Cualesquiera otros, directos, indirectos o conexos, que se puedan prestar a las mercaderías MINISTERIO DE TURISMO Artículo 70: Impuesto al Valor Agregado (IVA) El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en dos (2) diarios de la Capital. Para el trabajo de administración de la Capitanía, contará con una Secretaría y una Oficina de Relaciones con la Estructura de la ANP. amarrarse a otros buques sin autorización de la Autoridad Portuaria , como asimismo atracarse a muros que no le han sido fijados o cambiar de atracadero sin autorización. 2 redes para protección de personal de a bordo. Artículo 32: Los registros a cargo de ANSE Artículo 57: Ingreso a buques surtos en puerto La Prefectura del puerto actuará de acuerdo con las nornas que rijan en materia de policía portuaria. Montevideo, 17 de julio de 2002. A los efectos del presente Reglamento, se entiende como tal al propietario de la carga o a quienes tuvieren un mandato sobre ella. En las últimas décadas las áreas naturales protegidas (ANP) se han constituido en la instrumentación con que cuentan los países para la conservación de la flora y la fauna silvestres, así como de escenarios naturales que se consideran únicos y que representan parte del patrimonio natural simbólico e . ARTICULO 9º.- Comuníquese, publíquese, etc. La Aduana podrá acceder, en cualquier momento y previamente a la descarga, a los manifiestos y listas de carga de cada buque, que se encuentren en poder de la Administración Portuaria. Para recurrir los actos dictados por el Capitán de Puerto, se estará a lo establecido por el Artículo 74 del Decreto 412/992. CAPITULO I. Disposiciones Generales Desertificación de suelos, las tierras pierden nutrientes y no se pueden conrear ni pueden crecer bosques o selvas. sólo podrán ingresar o abandonar los exclaves aduaneros a través de sus accesos específicos, tal como está estipulado en la presente reglamentación. A diferencia del pro-ANP, es escasamente almacenado, y en respuesta a un estímulo adecuado no se observa una liberación inmediata, sino que en el citoplasma del cardiomiocito se produce un aumento del mRNA que interviene en su síntesis2. Artículo 85: Transporte ferroviario Artículo 26: Establecimiento de oficinas en el exclave aduanero El Capitán de Puerto podrá emitir normas referentes al tiempo, lugar y condiciones, bajo las cuales se lleven a cabo las acciones conexas a la operación, como inspecciones, tomas de muestras, pesaje e intercambio de información. Las anclas cuando no estén en uso o medien causas justificadas para que se arríen, deberán estar recogidas completamente. MINISTERIO DEL INTERIOR F. El depósito o estacionamiento, durante los horarios fuera de operación, de automóviles o camiones en los muelles, con excepción de lo indicado más adelante. MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE. VISTO: Lo dispuesto en la Ley Nº 16.246 de 8 de abril de 1992. La Dirección Nacional de Aduanas permitirá a su vez el acceso, en base a la correcta documentación aduanera a ser presentada por el conductor del medio de transporte, para el arribo o salida de carga al o del puerto, según el procedimiento que, asimismo se establezca. Las empresas de estiba trabajarán con documentos estandarizados que se aplicarán por la Administración Portuaria o el operador de terminal. K. Reglamento de Disciplina de los Prácticos - Decreto 35/976 de 24 de enero de 1978. Queda prohibido efectuar movimientos de hélice mientras el buque permanezca atracado, salvo autorización expresa de la Autoridad Marítima en las condiciones por ella establecidas. Los cargadores, los transportistas, sus representantes y operadores, serán responsables de la existencia y mantenimiento en correcto estado de las etiquetas indicadoras de las distintas clases de mercaderías peligrosas, mientras estas están bajo su custodia. H) Emplear equipos, utilaje y personal propios o de terceros, dentro del marco contractual convenido y de las normas generales y específicas que se dicten para la administración de los puertos y la coordinación de las actividades portuarias. La Administración Nacional de Puertos ejercerá las funciones encomendadas, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 77 del Decreto 412/992. 4) El mantenimiento del registro de mano de obra portuaria. La Administración Portuaria aportará los medios necesarios para el correcto desarrollo de las funciones operativas del Capitán de Puerto. D. El armador del buque o su agente, deberán prestar conformidad previa a este tipo de operación. b) Hacer llamado a contratación de arrendamiento de servicios cuyo objeto sea el suministro de medios materiales y/o humanos, para prestar un servicio bajo su administración directa. Las normas de aplicación de los mismos, con sus casos generales y particulares, para todos o algunos de los puertos comerciales de la República. Artículo 7: Dragado. B) Tecnificación operacional y de gestión. Artículo 33: Patrimonio de ANSE Estos tendrán la obligación de ejecutar su trabajo sin entorpecer la operación al costado del buque. Todas las mercaderías y bienes que ingresan en los exclaves aduaneros portuarios desde fuera del territorio nacional, estarán exentas de impuestos aduaneros, tasas y tributos aplicables a la importación o en ocasión de la misma. La iniciación del procedimiento sancionatorio no exonerará al posible infractor del cumplimiento inmediato de otras medidas administrativas dictadas por la Autoridad Portuaria tendientes a asegurar y mantener la continuidad de la operación y actividad portuarias, la seguridad y el tráfico marítimos, la prevención de la contaminación del medio ambiente y, en general las que afecten a la correcta prestación de servicios portuarios. Los requisitos jurídicos y administrativos La exigencia en cuanto al uso de remolcadores se adecuará a prácticas que contemplen las necesidades reales en el uso de los recursos, teniendo en cuenta la opinión de los capitanes de los buques, como responsables de la navegación y representantes de los armadores, así como la mayor agilidad en el acceso o salida al puerto, sin poner en peligro la seguridad de los buques y de terceras personas o instalaciones. Régimen general y responsabilidad de los usuarios Las empresas que deseen ser habilitadas en uno o varios de los grupos y categorías de servicios, deberán presentar la solicitud y documentación correspondientes ante la administración del puerto en el que se propongan desarrollar sus actividades. 13º y 14º de la Ley 16.246) Se preparará un Area de Inspección de Aduana en el límite de la terminal, para agrupar en ella estos contenedores y proceder a su inspección somera, evitando congestión y períodos de espera en los portones de salida. Se introducirán los necesarios cambios en los procedimientos generales de controles de seguridad en los accesos, a bordo de los buques o en el exclave aduanero, para salvaguardar las disposiciones obligatorias de la Ley de Puertos y su reglamentación, concernientes a su coordinación con la Capitanía de Puerto o quien ejerza sus funciones, con la DNA, y con otros organismos oficiales, a través del Capitán de Puerto. La carga no contenerizada a ser transportada por carretera, podrá ser inspeccionada en los puntos de origen/destino, dentro del territorio nacional y transportada a o desde el exclave portuario, bajo precinto aduanero. Los objetivos de desarrollo sostenible (ODS) son una llamada a la acción a todos los países para erradicar la pobreza y proteger el planeta así como garantizar la paz y la prosperidad.. Obligatoriedad de colaboración de todos los intervinientes, para la mejor coordinación y ejecución de los servicios (art. En ningún caso el ritmo de trabajo de la grúa debe ser interrumpido por ningún apuntador, verificador o inspectores. Decreto 555/992 - Encomendación a la Administración Nacional de Puertos de las funciones de administración, conservación y desarrollo de los puertos de Fray Bentos, Nueva Palmira y Colonia, así como el muelle comercial del puerto de Juan Lacaze. Se incluyen en las excepciones del Artículo 22 del Decreto 420/990 de 11 de septiembre de 1990, las maquinarias y equipos a que se refiere el Artículo 39 de este reglamento. a) Al finalizar el plazo concesional, la Administración accederá a la plena disposicion de los bienes, construcciones e instalaciones fijas, sin costo para ella. La introducción desde territorio extranjero a los exclaves aduaneros portuarios de maquinaria, equipamiento, herramientas, repuestos y materiales necesarios para las operaciones a bordo y en tierra y tareas directamente relacionadas con las actividades permitidas en estos recintos, por empresas prestadoras de servicios portuarios y actividades conexas, que haya sido adecuadamente declarada, estará exonerada de todo tributo, impuesto, tasa o recargo en conexión con el comercio internacional. Con el fin de alcanzar la mejor asignación de los recursos que permita adecuados niveles de competitividad de los puertos, así como de posibilitar que los precios portuarios respondan a los costos efectivamente incurridos, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas podrá, cuando las previsiones presupuestales lo habiliten y con cargo al Fondo de Inversiones (FIMTOP), destinar anualmente a los puertos que se le asignan a la Administración Nacional de Puertos en el presente Decreto y para aplicar a la funciones de conservación y de desarrollo de los mismos, fondos por un monto equivalente al vertido por la Administración Nacional de Puertos al FIMTOP, de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la Ley Nº 12.950 de 23 de noviembre de 1961. B) El control y la coordinación que tiene asignados constitucionalmente en el ámbito público, así como en la coordinación intersectorial con los particulares. Los costos de remoción de dichos bienes deberán ser sufragados por sus dueños u obtenidos del producido de su remate por la Administración Portuaria, quien podrá establecer cláusulas contractuales a este fin, con quienes tomen, arrienden o sean concesionarios de los servicios portuarios correspondientes. Este sitio utiliza archivos cookies bajo la política de cookies . Estos desperdicios orgánicos deben ser manejados en medios considerados idóneos por la Sanidad Vegetal, Animal y Marítima. Los servicios de depósito y de almacenamiento -incluyendo las actividades de reenvasado, remarcado, clasificado, agrupado y desagrupado, consolidado y desconsolidado, manipuleo y fraccionamiento, y tareas conexas- serán cumplidos por empresas privadas en régimen de autorización, debiendo otorgarse una concesión o permiso, en su caso, para la ocupación y utilización privativa de bienes de dominio público o fiscal portuario. Artículo 61: Competencias del Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU) Artículo 58: Competencias del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) A la llegada a aguas nacionales y cuando se solicite permiso para entrar, salir o moverse dentro del Puerto, el buque debe mantener contacto con la Prefectura Nacional Naval. Artículo 44: Relaciones del Capitán de Puerto con los privados Transcurrido el plazo que corresponda sin pronunciamiento expreso de la Aduana, se entenderá que no existen objeciones por su parte. Todo aspirante a Práctico de esta Zona llenará además de los requisitos establecidos en los Arts. IV) Que resulta claro en el contexto de la Ley de Puertos y su reglamentación que la actividad portuaria, si bien es una actividad de naturaleza privada, es sin duda de interés público, por lo que se justifican los poderes de control del Estado y que su potestad sancionatoria sea particularmente intensa en la materia. Las personas públicas o privadas que administren depósitos en los exclaves aduaneros, serán directamente responsables por el almacenamiento de los bienes, el mantenimiento de inventarios y registros, como lo establecen las reglamentaciones vigentes, las condiciones higiénicas y sanitarias, el cumplimiento de las premisas de vigilancia y todas las demás normas de seguridad que fueren de aplicación a estas instalaciones. Establecerá una Oficina de Relaciones con la Capitanía del Puerto, en la órbita de la Presidencia del Ente, como vínculo administrativo entre la Capitanía de Puerto y el resto de la estructura de la Administración Portuaria. Artículo 18: Potestad sancionatoria. Las pruebas serán controladas por el Práctico integrante de la Comisión de Examen nombrado por la Prefectura Nacional Naval y el Práctico Asesor. Artículo 19: Otros servicios a la mercadería. Durante su permanencia en el recinto aduanero portuario, las mercaderías estarán exentas de todos los tributos y recargos aplicables a la importación o en ocasión de la misma, sin perjuicio de que se tenga que suministrar la necesaria información aduanera. Avituallamiento Queda prohibida, por causa de seguridad, cualquier actividad que represente riesgo para la integridad, el mantenimiento de maquinarias y equipos en correcto funcionamiento o la propiedad de las personas, las construcciones,instalaciones, medios de transporte y movilización de cargas, mercaderías, objetos y cualesquiera otros bienes que se encuentren en el recinto portuario o formen parte del mismo. El tránsito puede ser Nacional o Internacional y se configura, en el caso de los puertos, en: Artículo 15: Removido Los pasajeros sólo podrán ingresar al recinto portuario, en las condiciones establecidas para el correcto funcionamiento de los servicios de Estación o Terminal Marítima. El certificado será emitido a favor de la institución acreditante, quien podrá solicitar su endoso al proveedor del bien objeto del contrato.- Cuando las instalaciones son especializadas en el embarque y desembarque de personas, se les da el nombre de "Estación o Terminal Marítima o De Pasajeros". La representación estatal, la del sector privado y la de las Asociaciones de Prácticos tendrán un voto cada una. D. Antes de las veinticuatro (24) horas previas a la llegada del buque, debe suministrarse la información de la carga a embarcar así como instrucciones de las líneas de transporte marítimo respecto a la estiba, lista de reserva de contenedores y secuencia de carga. En el preaviso se especificará la actividad y productos a emplear en ella, lugar, día y hora de la fumigación, zona de influencia y precauciones especiales a guardar, efectos inmediatos y secundarios por intoxicación con los productos a utilizar y su tratamiento médico indicado. Procédese a la reglamentación Las personas que deseen manejar, cargar, descargar o transportar mercaderías peligrosas, Clase "1" o explosivos militares, deben presentar una solicitud por escrito al Capitán de Puerto y a la PNN, de acuerdo con las normas y regulaciones del puerto, cuya aplicación debe estar acompañada de todos los permisos y aprobaciones requeridas por las leyes y normas locales y nacionales. ATENTO: a lo expuesto.- La DNA podrá denegar el acceso a los recintos aduaneros portuarios, en el ejercicio de sus competencias. Los trabajos a bordo y en tierra se realizarán bajo una dirección única. i) Garantía que se presenta ante la administración portuaria, para responder de sus obligaciones derivadas del ejercicio de la actividad y responsabilidades patrimoniales. Este procedimiento no será de aplicación si ha cesado la operación del buque por circunstancias no imputables a él o a sus responsables o a la carga y en las cuales ningún otro barco similar podría trabajar razonablemente. Artículo 46: Actuaciones generales del Capitán de Puerto en la ejecución de operaciones. En el caso de medios de transporte terrestre automotor, estas condiciones comprenderán, al menos, las exigidas para la circulación de automotores en rutas nacionales. Artículo 9: Los buques con proa en bulbo deben estar señalizados con el símbolo internacional correspondiente en cada lado de la proa. México es el principal exportador de aguacate en el mundo, pero también cuenta con cultivos principales como el sorgo, el maíz y el trigo, que cubren casi el 50% de la superficie cultivada del país. G. Decreto 323/991 de 21 de junio de 1991 y sus modificativos 628/992 de 21 de diciembre de 1992 y 3/993 de 5 de enero de 1993, sobre sistema de Visita de Libre Plática. g) Certificado del Banco de Seguros del Estado que acredite que el personal se encuentra asegurado contra accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. C) Empresas Estibadoras de Graneles. Los ítems de cánones y tarifas a aplicar por todos los conceptos de puesta a disposición general o particular de bienes del dominio portuario, así como por la prestación de servicios y suministros que tenga encomendada la Administración Portuaria. El marco general de funciones y competencias de la Capitanía del Puerto y de su titular, está recogido en los Artículos 15º al 18º de la Ley 16.246 y 70 al 76 del Decreto 412/992. Será posible reentrar, total o parcialmente, los bienes identificados por el formulario antes mencionado, simplemente presentando los bienes conjuntamente con el formulario, en la oficina de despacho aduanero y en la salida del puerto. Hasta la implantación definitiva de los recintos aduaneros portuarios, especialmente el del Puerto de Montevideo y sus facilidades y procedimientos, la ANP, la DNA, la PNN y otros organismos estatales afectados, deberán determinar procedimientos provisorios para asegurar el cumplimiento de las disposiciones de las leyes nacionales, en particular la Ley de Puertos, leyes aduaneras y sus respectivas reglamentaciones. X) Que el artículo 77 del Decreto señalado determina marco de administración de los puertos estatales. m) Los casos de fuerza mayor. La PNN se coordinará con la Administración Portuaria, para implantar el Documento Unico de Orden de Trabajo y Acceso al Recinto Portuario y demás necesarios para el adecuado control de límites, accesos y seguridad del exclave aduanero portuario. Cuando la gestión de la Terminal Portuaria esté bajo la responsabilidad única de la Administración, se denominará "Terminal Pública". El Poder Ejecutivo determinará, quién ejercerá las competencias de la Administración Portuaria y quién las funciones de la Capitanía en cada uno de los puertos comerciales estatales del país, fuera del Departamento de Montevideo. Pesqueros costeros nacionales A los efectos serán siempre de aplicación los tres últimos incisos del Artículo 39 del Decreto 412/992. No se pueden utilizar directamente los recursos naturales. Aquí lograras descargar GRATUITAMENTE la ficha educativa de Áreas Naturales Protegidas para alumnos que cursen Primero de Secundaria, que corresponde al curso de Biología, en esta ficha educativa encontraras contenidos como: parque nacional, reserva nacional, santuario nacional, parque histórico y tarea domiciliaria Las normas para la convocatoria, presidencia y funcionamiento de las Comisiones Honorarias de los puertos serán las mismas que rijan para la del Puerto de Montevideo. Los requisitos técnicos G) Recaudación y posterior versión, en su caso, de los importes de retribuciones y cargas sociales que le competen. Decreto 273/002 que tiene insertadas las modificaciones introducidas a los artículos 40 y 113 por el Decreto 447/02 del Poder Ejecutivo aprobado el 19 de noviembre del 2002 (publicado en el Diario Oficial Nro. RESULTANDO: ATENTO: A lo establecido en el artículo 168 numeral 4 de la Constitución de la República. La transgresión de estas normas será considerada por la Administración Portuaria, como infracción muy grave, de las tipificadas en el Artículo 18 del Decreto 412/992. El Capitán de Puerto podrá ordenar la inspección o inspeccionar los procesos operativos de las empresas adjudicatarias de concesiones o permisos, para supervisar aquéllas de sus actividades que afecten a las operaciones en puerto y la eficiencia de las mismas. Artículo 17: Artículo 1°.- Agréguese al artículo 1° del Decreto N°534/993 de 25 de noviembre de 1993, el siguiente Item: Artículo 2°.- Establécese que el nuevo item tarifario regirá a partir de su publicación en el Diario Oficial La habilitación y correspondiente inscripción en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios, no eximen de la necesidad de obtener las concesiones, permisos o autorizaciones pertinentes para la utilización de bienes del dominio público o fiscal portuario. MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA Extinguida la habilitación de la empresa prestadora de servicios portuarios, por cualquier causa, se devolverá o cancelará la garantía constituída, pasados doce (12) meses de la extinción, una vez cumplidas las obligaciones de la empresa con la Administración Portuaria y siempre que no exista en dicho período reclamación alguna de la propia Administración o de terceros que pueda recaer subsidiariamente en ella o en el Estado. Régimen Artículo 4: Instrumentos de la política portuaria "Agente", "Agente Marítimo" o "Agente del Buque" es la persona física o jurídica que representa los intereses del armador ante la Administración Portuaria, aceptando en nombre de aquél los derechos y obligaciones que le corresponden. Requiere la expedición, por las personas autorizadas a ello, de la información aduanera y la relativa a la propia actividad, que corresponda. Artículo 1: Objeto B) Tres años, para las infracciones graves. C) La búsqueda de una mejor posición de los puertos uruguayos en el contexto regional y mundial, mediante la oferta de servicios libres, eficientes, seguros y competitivos, que inserten a nuestro sistema portuario en el máximo interés de los circuitos internacionales del transporte. En cualquier caso, los implementos referidos no podrán estar en contacto con los cabos de amarre. Apruébase el Reglamento de Operaciones Portuarias y Capitanía de Puerto, el que quedará redactado según el siguiente texto: REGLAMENTO DE OPERACIONES PORTUARIAS Y CAPITANIA DE PUERTO Tiene a su cargo todos los trámites relacionados con la escala del buque, en nombre del armador. XII) Que, considerando la componente exterior de la actividad portuaria, es necesario el establecimiento de reglas claras y definidas como las existentes en la generalidad de los sistemas portuarios del mundo, que sirvan de orientación sobre las condiciones de prestación de los servicios portuarios en el Uruguay, a quienes con éstos se relacionen, como transportistas, operadores, cargadores, inversores u otros agentes involucrados. La obtención de una discreta rentabilidad global del sistema que permita su amortización y renovación, preservando siempre el principio de administrar sin fines de lucro. Asímismo el cuerpo normativo tarifario establecerá los procedimientos, modalidades y plazos de facturación de cánones y tarifas a las mercaderías y al pasaje. Los buques de ultramar y los ferrys de pasajeros, traspasarán los límites de los recintos aduaneros portuarios, sujetos a los procedimientos de entrega de documentación de acuerdo con las normas de "Libre Plática Cablegráfica". Los recursos naturales básicos son las rocas, los minerales, el suelo, el agua, el aire, la biodiversidad y sus hábitats, y la energía solar entre otros. ARTICULO 114º. F) Resolución de cuestiones que, como órgano de alzada, le corresponden. ARTICULO 76º. Para facilitar la información y el contacto permanente con terceros afectados, se establecerá una Oficina de Enlace de la Capitanía de Puerto, que funcionará permanentemente y a la que se destinará, por cada uno de los órganos del Estado involucrados en la actividad portuaria, un experto o funcionario, con el rango adecuado o la delegación de competencias necesaria para hacer efectiva su labor de coordinación. Las concesiones, permisos o autorizaciones otorgadas a tenor de lo dispuesto en la Ley 16.246, su Reglamentación y demás normas aplicables, no eximen a sus titulares de la obligación de estar habilitados e inscriptos en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios, ni de dar cumplimiento, en su caso, a los requisitos y condiciones que se establezcan para el inicio efectivo de las actividades, ni de obtener las licencias, permisos y otras autorizaciones que sean exigibles por la Autoridad Administrativa. Asimismo, una vez terminadas las operaciones, el operador portuario deberá retirar toda herramienta, utensillo u objeto utilizado que no corresponda permanecer en el muelle. Si el requerimiento a los agentes y/o armadores del buque, para la carga o descarga continua es rechazado, el buque deberá liberar inmediatamente el muelle a su costo. a) En el artículo 1, que "la prestación de los servicios portuarios eficientes y competitivos constituye un objetivo prioritario para el desarrollo del país", norma ésta que establece más que una disposición programática, un deber jurídico para el Administrador y una directiva clara para la acción, encuadrada de esta manera en la ejecución de un objetivo de política sectorial. E. El almacenamiento de combustibles, destilados o cualquier producto líquido derivado del petróleo, salvo aceites lubricantes, en los depósitos de los muelles. Es la que llega a un puerto, como escala intermedia entre su origen y su destino final. Por los servicios portuarios que efectivamente se les prestaren, se les cargará el valor general de la tarifa portuaria o precio que corresponda, de acuerdo con lo que se dispone en el régimen económico del dominio portuario, contenido en este reglamento. c) La depreciación de sus bienes e instalaciones. Prescripción. Los poderes de dirección, así como los de organización del trabajo y de disciplina laboral para los trabajadores durante la prestación de los servicios portuarios, corresponderán a los empleadores. En ningún caso, el uso de los muelles y de las grúas estatales existentes podrá constituir un monopolio de hecho en manos de agentes privados. Se denominará como tal, a efectos de este reglamento, cualquier instalación, muro, amarradero, pantalán o facilidad de atraque y amarre, para buque, flota de barcazas u otras estructuras y los espacios en él asignados a la operación, ramblas, depósitos, barracas o edificios anexos. Los prestadores de servicios o suministros, tendrán la obligación de detallar a los usuarios las partidas que componen el precio a facturar, por cada uno de ellos. La Aduana no requerirá la entrega de manifiestos de cargas en tránsito, para aquéllas que lleguen de terceros países por mar y salgan con destino a ultramar, por la misma vía, sin abandonar el exclave aduanero portuario. Artículo 50: Avisos a la Prefectura Nacional Naval MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA b) Las cargas financieras derivadas de la financiación de posibles operaciones de crédito. Artículo 10: El transporte interno durante la operación del buque -de grúa al apilamiento o del apilamiento a la grúa- deberá ser ejecutado por los vehículos de transporte de contenedores. En casos en los que sea posible establecer el peso del tractor y remolque o camión, la Administración Portuaria puede aceptar el destarado único del mismo. Sin embargo, la mayoría de los suelos agrícolas de México presentan algún grado de erosión, debido a los monocultivos y la deforestación. La prohibición se extiende a los propietarios, armadores, agentes y tripulantes. Los lagos y lagunas. MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL La prestación de servicios portuarios, tanto al buque como a las cargas o al pasaje, su contralor y régimen de relaciones entre los intervinientes en los mismos, servicios auxiliares y conexos, se enmarcarán en lo dispuesto en el presente reglamento, sin perjuicio de las competencias que las leyes otorguen a otros órganos y organismos del Estado. j) El trincado y destrincado de mercaderías y contenedores. Ninguna operación de carga y descarga en camiones podrá efectuarse si no está de acuerdo con dichos procedimientos. Los precintos se fijarán mediante el procedimiento que establezca la DNA, debiendo los medios de transporte adecuarse a este procedimiento. La ley crea el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial, que incluye especies, subespecies y poblaciones merecedoras de una atención y protección particular, en función de su valor científico, ecológico, cultural, por su singularidad, rareza o grado de amenaza, así como aquellas que figuren como protegidas en directivas y. Artículo 4: Consumo y uso de bienes no declarados aduaneramente. ANP donde sólo se permite el turismo y la investigación: _____ . A) En caso de ser personas físicas, estar inscriptas como empresas unipersonales con el objeto de la prestación de servicios, de acuerdo a lo establecido en la correspondiente normativa especial. El incumplimiento de las reglas contenidas en este artículo, se considerará como infracción muy grave. Decreto 57/994 - Régimen general de los servicios portuarios. Artículo 23 Siempre que ello sea posible sin merma de la seguridad, las grúas de muelle o del buque, utilizarán equipamiento especial para el levantamiento múltiple de pallets, etc. f) Unificar, racionalizar y depurar los registros de trabajadores que componen las Bolsas de Trabajo por ella administradas (artículo 28 de la Ley 16.246) con el asesoramiento previo de las Comisiones Tripartitas. Asimismo se entiende por empleadores el conjunto de personas físicas o jurídicas, habilitadas por la Administración Portuaria para la prestación de los servicios a la mercadería y al pasaje e inscriptas en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios. En la sistemática jurídica, legal y reglamentaria, la concesión como acto administrativo convoca otras nociones como la de uso privativo de algunos bienes del dominio público o fiscal portuario estatal, la del monto de la inversión a realizar, el mayor plazo, la regulación del acceso a la actividad prestacional con la suficiente garantía para ambas partes, etc. D. La pérdida de mercadería peligrosa debe ser informada inmediatamente al Capitán de Puerto y a la PNN. 24.7.2002). Las funciones de las Áreas Naturales Protegidas también son llamadas como servicios ambientales de las ANP's. 6. Libertad de elección de los consumidores (art. B) El logro de la mejor disposición económica y estratégica de los medios técnicos e inversiones destinados al desarrollo de los puertos, a fin de obtener una alta rentabilidad de los recursos nacionales asignados al sistema portuario y la más adecuada protección del medio ambiente. Máxima productividad y eficiencia (art. La mercadería que arribe desde frontera con terceros países a los recintos aduaneros portuarios, lo hará ya inspeccionada y, preferentemente, bajo precinto aduanero. VII) Que en el Artículo 4, literal I) del citado Decreto 412/92, se establece como uno de los instrumentos para alcanzar los objetivos fijados, el de "Instrumentar y aplicar la normativa complementaria de la Ley 16.246 y su reglamentación, con la máxima sencillez y claridad, para hacer efectivos los principios que inspiran la reforma portuaria, adecuar las estructuras del Estado y sus Entes y Organismos competentes en la materia y establecer con la mayor prontitud el marco empresarial en el que se desarrolle la actividad, en los términos de libertad de mercado y seguridad del consumidor, de acuerdo con la Constitución y la Ley". NORMAS QUE RIGEN EL TRANSPORTE DE MERCADERIAS Y SU CIRCULACION DESDE Y HACIA LOS EXCLAVES ADUANEROS No pueden ser bloqueadas por cabos, maromas, cables o cualesquiera elementos de otros buques. 4º Ley 16.246) el conjunto de condiciones físicas, naturales o artificiales y de organización, que permitan la realización de operaciones de tráfico portuario de comercio exterior. del canal de acceso que se tuviere mas próxima o de las escolleras. (Pub. En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 19 de la Ley 16.246, se constituirá la Comisión Honoraria de la Capitanía del Puerto de Montevideo, de la forma siguiente: Dada la larga ocupación de muelle que suelen requerir estas operaciones, los programas que hagan uso del equipamiento más eficiente y de sistemas que generen economías de escala para una carga particular, tendrán prioridad de atraque sobre los que no cumplan con dichas condiciones o lo hagan en menor grado. Las inspecciones, por los funcionarios de Aduana, de los precintos aduaneros en cargas que ingresen o salgan desde y hacia el territorio aduanero nacional, deben ser efectuadas inmediatamente antes de la entrada o inmediatamente después de la salida de las mismas, por el punto de control correspondiente. El Capitán del Puerto se dirigirá a las citadas oficinas con la total autonomía funcional que le confiere el artículo 15 de la Ley 16.246. 40 u otras, no constituyen vacantes por sí solas. Toda entidad pública o privada actuante en lo relacionado con las diversas actividades portuarias, deberá ajustar las condiciones de prestación de sus servicios a la consecución de ese mandato legal. b) Adoptar las medidas administrativas correspondientes, con el objeto de controlar el mantenimiento a la orden de las Bolsas de Trabajo bajo su competencia (Artículo 28 de la Ley 16.246) así como la vinculación habitual y efectiva con las tareas por parte de los operarios integrantes de los registros de dichas bolsas. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Para la aplicación de sanciones de mayor o menos gravedad, dentro de un grado determinado, la Autoridad Portuaria tendrá especialmente en cuenta la posible habitualidad del infractor. Los operadores portuarios serán responsables del cumplimiento de las normas anteriores, para lo que deberán establecer los procedimientos adecuados de operación. Decláranse cerrados, a partir del 31 de agosto de 1990, todos los registros de estas Bolsas de Trabajo. En él se establecerán y regularán de acuerdo con los criterios que se recogen en este reglamento: c) Prestar servicios portuarios en forma directa o indirecta cuando así lo determine el Poder Ejecutivo. Los concesionarios y operadores portuarios estarán obligados, para el caso en que no se hiciese el despacho directo de los mismos, a mantener lugares separados de almacenamiento, con las necesarias precauciones y seguridades, así como registros especiales de dichos bienes y obtener la aprobación previa de la autoridad competente, para cualquier movimiento o tratamiento deseado, en la forma en que se determine por el Reglamento de Operaciones Portuarias y el respectivo Manual de Seguridad Portuaria y Cargas Peligrosas. La Autoridad Portuaria procederá a su aprobación, lo que permitirá el uso de dichos procedimientos por la compañía del operador de terminal o estibador responsable de la operación del buque. Artículo 32: Punto de Espera Para ejercer los controles a que se refiere el artículo anterior, ANSE podrá solicitar a las empresas, en cualquier momento, los documentos justificativos del pago de salarios, ingreso de aportes o pólizas de seguro contratadas, con sus primas al día, para los trabajadores de mano de obra portuaria de cada una de ellas. Prácticas adicionales bajo vigilancia del Práctico de Turno para las zonas del Puerto de Montevideo o Puertos del Río Uruguay. Las Áreas Naturales Protegidas (ANP) se financian parcialmente por el cobro de derechos que recaudan los prestadores de servicios turísticos a los turistas que visitan estas áreas. Comuníquese, publíquese, etc. En concreto, son materias primas, materiales o componentes que se producen de forma natural en el ambiente. Para la operación de un buque determinado, el operador someterá a la Administración Portuaria los procedimientos de programación de transporte terrestre y ubicación de camiones, vagones o remolques para carga y descarga de mercadería, que asegure el acceso al punto de espera en iguales condiciones, a todos los embarcadores, recibidores, consignatarios o propietarios de la carga. Incrementar la participación del Uruguay en los proyectos internacionales de capacitación y especialización en trabajos portuarios, estableciendo canales ágiles de acceso de los trabajadores y gestores a la formación que a través de ellos se imparte, creando centros asociados a dichos programas dentro del país e insertándolos en lo posible en su sistema educativo. En el caso que las personas o bienes no cumplan con los requisitos exigidos para el acceso a los recintos portuarios o en aplicación de sus competencias de policía portuaria o cuando para ello fuere requerida por la Administración Portuaria, la PNN podrá denegar la entrada a dichos recintos, hasta tanto se subsanen las causas de impedimento observadas. MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL La ANP es un Servicio Descentralizado del dominio industrial y comercial del Estado (Artículos 185 y 186 de la Constitución de la República), como tal tiene los poderes de administración que se establecen en las normas legales atributivas de competencia. CAPITULO V - Practicaje en Zona Puerto de Montevideo o la Zona Puertos del Río Uruguay. En los recintos aduaneros portuarios y la pertinente zona de supervisión aduanera, las funciones y competencias de la Aduana son las determinadas por las leyes y reglamentaciones respectivas (Artículo 5 al 10 del CAU y Artículo 163 de la Ley 16.320). Artículo 56: Cánones. Si estos supuestos se dieran con carácter urgente, la Administración Portuaria podrá establecer la o las modalidades de prestación más adecuadas para el logro de los fines del servicio portuario, con carácter provisional y seguidamente elaborará un informe de lo actuado al Poder Ejecutivo para su resolución e inclusión en el Régimen General. Artículo 3: En todo caso será condición necesaria para el otorgamiento o ampliación del plazo de vigencia de concesiones, permisos o autorizaciones de uso del dominio público y fiscal portuario, en los supuestos contemplados en este artículo, que se mantenga la misma actividad y el fin de interés público para los que el Estado o entidades estatales concedieron la suya y que el titular mantenga el cumplimiento de las condiciones que se le impusieron en su otorgamiento. Tarifa Básica. El Poder Ejecutivo, dentro del plazo de los treinta (30) días subsiguientes, determinará la prestación por la ANP, en forma directa o indirecta, de los que estimare pertinentes. 41, y siempre que su inactividad haya sido mayor de un año, deberán realizar cinco viajes de práctica simples para la zona del Río de la Plata, tres viajes simples entre Montevideo y el Puerto de Fray Bentos para la zona del Río Uruguay y cuatro entradas y cuatro salidas con sus respectivas maniobras de atraque y desatraque, para las zonas Puerto de Montevideo y Puertos del Río Uruguay. CUARTA ANP donde no se puede utilizar directamente los recursos naturales: Santuario Natural y Parque Nacional. Los Armadores, Agentes o Capitanes podrán solicitar ante la Oficina de Pilotaje el despacho de Prácticos "Fuera de Turno" que deseen para pilotear sus buques, ajustándose a las siguientes disposiciones: SECCION VII - Pérdida de la calidad de Práctico La prestación de otros servicios, complementarios, auxiliares o conexos, que se puedan prestar a las mercaderías y no se contemplen en el presente Régimen General, se hará por empresas privadas en régimen de autorización. DECRETO 455 / 994 Artículo 59: Tarifas máximas. En el supuesto de urgente necesidad de fumigación, derivada de orden de las autoridades sanitarias, La Capitanía de Puerto aplicará un procedimiento especial de urgencia, notificando a la PNN, para proceder de inmediato a la fumigación. IX) Que asimismo en el inciso 4º del Artículo 1 del Decreto 412/992, se establece como uno de los principios fundamentales la "Obligatoriedad de colaboración de todos los intervinientes, para la mejor coordinación y ejecución de los servicios (Artículos 9º y 16º de la Ley 16.246)". Desde el punto de vista de su utilización didáctica los medios y los materiales curriculares deben reunir algunos criterios de funcionalidad (Moreno Herrero, 1996), tales como: • Deben ser una herramienta de apoyo o ayuda para nuestro aprendizaje, por tanto, • deben ser útiles y funcionales. Los recursos ingresan a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP) y a las propias ANP para realizar acciones de conservación. MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE. Es aquél que navega bajo un programa determinado y cíclico de escalas, operado por una empresa transportista que mantiene un servicio regular desde o hacia cualquier puerto uruguayo. A los efectos de los controles documentales sobre estas mercaderías y para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 3º del Decreto 420/990 de 11 de septiembre de 1990, el LATU se relacionará con la Administración Portuaria por el procedimiento específico vigente. Ambos órganos prestarán conformidad inmediata a estas peticiones, cuando estén justificadas por el trabajo de los solicitantes y no concurran en ellos circunstancias de impedimento por sanciones portuarias o ilícitos aduaneros reiterados. Las empresas que usen sistemas informáticos para controlar el recibo, almacenamiento y entrega de bienes, permitirán el intercambio electrónico de esta información, dentro de la red que instalará Administración Portuaria y transmitirán los informes mensuales a través de la misma. El Reglamento que se aprueba entrará en vigencia el día inmediato siguiente al de su publicación en dos diarios de circulación nacional. A) Dirigir, coordinar y supervisar las actividades que se desarrollen en el puerto de Montevideo. Lo anterior no exime de la responsabilidad de los implicados en el mantenimiento continuo de las condiciones de seguridad de sus equipos. En particular la Aduana tendrá las siguientes funciones y competencias en relación con los recintos aduaneros portuarios: Artículo 52: Supervisión de actividades por la DNA en los recintos aduaneros portuarios En ningún caso se inspeccionarán contenedores bajo el gancho de la grúa o en el área directamente afectada por la operación del buque. III) Que el Artículo 9º inc. 1 establece que "la prestación de los servicios portuarios en el Puerto de Montevideo por parte de empresas privadas, se ejercerá en los términos y condiciones dispuestos por la reglamentación" y en su inciso 3 que "las empresas privadas que cumplan servicios portuarios, estarán sujetas a las normas de organización y funcionamiento del puerto y actuarán en un todo conforme a las disposiciones de su Capitanía". Artículo 1: Ambito de aplicación. En este caso la Administración actuante notificará al interesado y elevará todos los antecedentes al Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP). Artículo 6: Armador ARTICULO 3º. Las empresas que actúen en la prestación de servicios portuarios, hasta tanto se establezca el régimen de habilitaciones dispuesto en este reglamento, serán responsables por la seguridad y buen uso de los bienes del dominio portuario puestos a su disposición, así como del cumplimiento de las normas generales y particulares en materia laboral, salarial, tributaria y de la Seguridad Social y de las disposiciones de organización, operación y policía portuaria. MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA El Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, dictará las normas que regulen la composición y forma de determinación de estos integrantes. CAPITULO IV La Administración Portuaria establecerá en su estructura interna, lo necesario para atender las tareas de administración, el flujo de información, expedientes sancionatorios y los procedimientos para su aplicación y cuanto se requiera para llevar a cabo efectivamente las tareas administrativas derivadas de la existencia de la Capitanía de Puerto. La citada habilitación se concederá por la Administración Portuaria, en las condiciones que se determinan en la reglamentación. El incumplimiento de esta norma se considerará como infracción muy grave. Artículo 43: Otorgamiento de concesiones, permisos o autorizaciones a personas de derecho público Cualquier persona que aviste o sepa de la existencia de un buque o artefacto flotando a la deriva o necesitando ayuda en los Puertos y la zona de influencia de sus accesos, elementos flotantes de un buque hundido o situaciones similares, deberá informar inmediatamente a la Prefectura Nacional Naval, de acuerdo con la normativa existente en la materia. Artículo 24: Responsabilidades de las empresas En los demás puertos de la República, quien ejerza las funciones de Capitán de Puerto, usará de la estructura de la Administración Portuaria para el ejercicio de su actividad, sin perjuicio de la constitución de la correspondiente Comisión Honoraria. Condiciones previas para los Aspirantes a la Zona del Puerto de Montevideo o Puertos del Río Uruguay. RESULTANDO: Que la Administración Nacional de Puertos (ANP), de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 10 de la Ley de Puertos, remitió al Poder Ejecutivo el Proyecto de "Reglamento de los Puertos Libres uruguayos y de su Relación con los Organos de Control del Estado". Se atenderá en especial a los aspectos sanitarios y de seguridad de los pasajeros y se dotarán de los activos fijos requeridos, en elementos específicos para la actividad portuaria. La prestación de este servicio se efectuará en régimen de concesión o autorización, a cargo de empresas privadas o mixtas de derecho privado. El cobro de precios públicos estará sujeto al régimen general establecido. En actualidad los sistemas computarizados son indispensables en el proceso productivo de las fábricas (en especial en los países altamente industrializados), para ello se requiere de. Artículo 48: Derechos reales y otros derechos de terceros En representación del sector privado intervendrán un delegado de la Cámara Nacional de Comercio y Servicios del Uruguay y un delegado del Centro de Navegación. Consiste en el ejercicio de todas las actividades necesarias para la estiba o desestiba y carga o descarga de mercaderías hacia o desde un buque, desde la llegada al muelle, hasta su partida. En los casos no contemplados en el presente Decreto, la Administración Portuaria elaborará la propuesta de la o las modalidades de prestación y la elevará al Poder Ejecutivo, para aprobación e inclusión en el Régimen General. Todas las referencias de este reglamento a "buque" o "buques" incluirán, sin excepción, a su dueño, armador, charteador y/o agente, en cuanto corresponda. Regularidad en la prestación (art. El incumplimiento de las obligaciones de los empleadores con la mano de obra portuaria, independientemente de lo dispuesto para ANSE en el artículo 38, literal d) de la Ley 16.246, será calificado por la Administración Portuaria como infracción grave, de las contempladas en el presente reglamento, sancionándose en la forma que indique la norma correspondiente. Reincidencia 5º de la Ley 16.246). Dentro del concepto de libre cambio de destino y libre circulación de las mercaderías, se entenderán comprendidos los trasbordos y reembarques de las mismas, dentro del espejo de agua contenido en los límites del recinto portuario, sin perjuicio de las competencias del Estado en el ejercicio de sus derechos soberanos de jurisdicción territorial. Las concesiones podrán transmitirse por actos intervivos, previa autorización de la Administración Portuaria, que requerirá, a su vez, la aprobación del Poder Ejecutivo. Cuando una embarcación se encontrare sin tripulación o ésta fuere inapropiada y/o insuficiente a juicio de la PNN, estando por su ubicación, estado o condiciones de seguridad, representando un riesgo para la navegación o seguridad portuaria, será conducida al lugar que para ello determine el Capitán de Puerto o la PNN, si el lugar de fondeo se estableciere fuera del recinto portuario. La Administración Portuaria habilitará para la prestación de servicios portuarios, mediante la autorización correspondiente con aprobación del Poder Ejecutivo, a las empresas que lo soliciten y cumplan con los requisitos que se exijan de acuerdo con la Ley 16.246 y su reglamentación. Cada buque, su armador, charteadores o agentes a los cuales se les ha asignado el uso de algún muelle, segmento de muelle o facilidad, en lo que a su actuación corresponda, y las compañías prestadoras de servicios portuarios que estén utilizando u ocupando el mismo, tendrán la obligación de mantener libre, a requerimiento de la Capitanía de Puerto, una zona de tres (3) metros desde la línea central de cualquier vía de ferrocarril o grúa de muelle, para cumplir con los requerimientos de tráfico ferroviario u operación de la grúa. Artículo 25: Registro de la mano de obra portuaria Lo anterior es sin perjuicio de que la Administración Portuaria pueda exigir, en cualquier caso, las garantías o seguros que estime necesarios para la prestación de los servicios en los recintos portuarios.”. CUARTA Artículo Primero.- Modifícanse los títulos del Capítulo V y de la Sección VII del Capítulo II y los artículos del Decreto Número 308/986, de fecha 10 de junio de 1986, que a continuación se indican, que quedarán redactados en los siguientes términos: Durante su estadía en puerto, el buque mantendrá abierto el canal de VHF que establezca la Prefectura del Puerto, para cuantas veces necesite comunicarse para avisos de o a la misma. MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE. Estos organismos y organizaciones designarán funcionarios con rango y capacidad de decisión propia o delegada adecuados, para constituir la "oficina de enlace" a que se refiere el Artículo 40 de este reglamento y que asista al Capitán de Puerto en sus tareas, para un mejor cumplimiento de las normas, coordinación e impulso de la mayor eficiencia de las oficinas públicas presentes en el puerto. En todo caso, se deberá aportar la siguiente información: B. Calado a la llegada y calado aproximado a la partida, en agua dulce. La Administración Portuaria, como órgano autorizante u otorgante de las concesiones o permisos, será la autoridad competente a estos fines. MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Cualquier buque que se niegue a desocupar el muelle luego de completada la operación programada, a solicitud del Capitán de Puerto, pagará un recargo porcentual, a fijar por la Administración Portuaria, sobre la tarifa de muellaje, por cada hora o fracción transcurrida sin abandonar el muelle, comenzando el cómputo dos (2) horas después del aviso pertinente. La obstrucción de muelles con herramientas de operación o estiba, equipos, vehículos o cualquier material u objeto que no forme parte de la carga. El Capitán del Puerto de Montevideo, que la presidirá y convocará total o parcialmente a sus integrantes, según las circunstancias y materias a tratar. XIII) Que, independientemente del mandato explícito de las normas, resulta necesario como medida de buena administración el establecer, dentro de un nuevo contexto legal como el ahora vigente, un marco concreto de aplicación de dichas normas, pero capaz de convivir con la dinámica de la actuación diaria del transporte marítimo y fluvial.

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