• Kontakt : 22 853 70 27

  • Godziny otwarcia : Pon - Pt od 8:00 do 17:00

reglamento ambiental minero

a Lima, 10 de setiembre de 2014.- El día de hoy fue anunciada la próxima promulgación del Reglamento Ambiental para Actividades Minero Metalúrgicas, el mismo que fue elaborado por el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) y cuenta con la opinión previa favorable del Ministerio del Ambiente. E ³ ¹ = A ¾ Ä é! En caso de existir guías técnicas nacionales podrán adecuar las mismas a las necesidades y características particulares locales, siguiendo los procedimientos establecidos.d) Crear o fortalecer Unidades Ambientales para cumplir funciones de seguimiento y fiscalización a las actividades mineras e industriales en el ámbito de su jurisdicción.e) Revisar documentos ambientales de aprovechamiento artesanal o actividades menores de áridos en ríos o afluentes de actividades nuevas (Formulario EMAR, que cursa en Anexo I).f) Elaborar los informes técnicos respectivos a objeto de remitir a la Autoridad Ambiental Departamental, de acuerdo a procedimientos establecidos en el Reglamento de Prevención y Control Ambiental, los cuales deberán contar con la aprobación del Organismo Sectorial Competente.g) Otras fijadas por ley u otros reglamentos TITULO IIINSTRUMENTOS DE REGULACION DE ALCANCE PARTICULAR Y LICENCIA AMBIENTAL CAPITULO IDE LOS INSTRUMENTOS DE REGULACION DE ALCANCE PARTICULAR ARTICULO 10°.- (Actividades Menores Existentes).Las Actividades Menores existentes de Aprovechamiento Artesanal de Aridos, presentarán el formulario EMAR a la Instancia Ambiental de la Prefectura que corresponda, que valdrá como Manifiesto Ambiental.Cuando en una misma concesión minera existan varias actividades menores, que en conjunto sobrepasen el límite de capacitad de operación establecida para esta categoría, deberán tramitar su Licencia Ambiental vía presentación de Manifiesto Ambiental Común señalado en el Artículo 135 del RPCA y el Artículo 122 del RAAM.Las Actividades Menores existentes que se encuentren en áreas protegidas requieren de la presentación del Manifiesto Ambiental al Organismo Sectorial Competente y la participación del Servicio Nacional de Areas Protegidas, de acuerdo a normas establecidas en el Reglamento de Prevención y Control Ambiental.ARTICULO 11°.- (Actividades Menores Nuevas).El concesionario u operador minero cuya actividad esté comprendida en la categoría de Actividad Menor de Aprovechamiento de Áridos, presentará únicamente el Formulario EMAR, a la Instancia Ambiental del Municipio correspondiente para revisión y posterior remisión del informe técnico al Organismo Sectorial Competente — OSC.ARTICULO 12°.- (Actividades Mayores existentes).Las actividades de Aprovechamiento Industrial o Actividad Mayor de Áridos, para la obtención de Licencia Ambiental deben regirse a lo establecido en la Ley No 1333 del Medio Ambiente, sus Reglamentos, Ley No 1777 del Código de Minería, el Reglamento Ambiental para Actividades Mineras - RAAM, Reglamento General de Áreas Protegidas y el presente Reglamento. En cuencas menores o afluentes se aplicará como criterio técnico-operativo una relación ancho de río: profundidad de excavación que no excedan los límites de estabilidad de los taludes y no generen riesgos para la seguridad de los trabajadores o habitantes de la zona.Con el fin de evitar riesgos de accidentes dentro las fosas, quienes realicen el aprovechamiento de áridos deberán colocar avisos, carteles y banderas de señalización preventiva y totalmente visibles, no permitiéndose el acceso de personas a estos sectores.Las Guías Técnicas específicas, elaboradas en cumplimiento del Artículo 2 de las Disposiciones Finales, serán de aplicación preferente para definir parámetros técnicos como profundidad y pendientes en el aprovechamiento de áridos.ARTICULO 34°.- (Residuos).Los residuos sólidos gruesos o cascotes, deberán utilizarse preferentemente como defensivos en las orillas del río, como camellones y escolleras o ser trasladados hasta lugares que no interfieran el flujo de agua en el cauce del río.ARTICULO 35°.- (Ubicación de las Plantas de Tratamiento).La localización de las instalaciones para el procesamiento de áridos en actividades mayores o mecanizadas (trituración, clasificación y lavado) deberá establecerse fuera de los lechos de ríos; y los de almacenamiento de productos comerciales, depósitos de insumes, combustibles y lubricantes, oficina para la administración, generadores de energía y otras instalaciones, deberán estar fuera de las riberas de los ríos, cumpliendo normas de seguridad industrial y ambiental.ARTICULO 36°.- (Caminos de Acceso).La habilitación y construcción de caminos de acceso deberá garantizar que:a) Los accesos no ocasionen inestabilidad en zonas adyacentes.b) El movimiento de tierras, retiro de cobertura vegetal y otras actividades, no afecten a las comunidades aledañas, la estabilidad del suelo, el cauce de las aguas, ni incremente los riesgos de erosión y deslizamientos. ü El viceministro de Minas, Guillermo Shinno, informó que el nuevo Reglamento Ambiental Minero (RAM) entrará en vigencia en las próximas semanas, una vez que se aprueben los términos de referencia (TDR) comunes para los Estudios de . CAPITULO IIIPLAN DE CIERRE ARTICULO 37°.- (Obligatoriedad).Toda Actividad de Aprovechamiento de Aridos deberá dar cumplimiento al Plan de Cierre, aprobado por la Autoridad Ambiental Competente.El Plan de Cierre, debe presentarse conjuntamente con los demás requisitos necesarios para la obtención de la Licencia Ambiental, de acuerdo a lo establecido por el Reglamento Ambiental para Actividades Mineras.ARTICULO 38°.- (Cumplimiento).Todo el que hubiere realizado labores de Aprovechamiento de Áridos en cursos de ríos y afluentes, es responsable del cumplimiento íntegro del Plan de Cierre.ARTICULO 39°.- (Medidas Necesarias).El Plan de Cierre del área de actividades mineras de aprovechamiento de áridos debe contemplar las medidas necesarias para la rehabilitación, restauración y mitigación de los impactos sobre los factores y atributos ambientales afectados.El concesionario u operador minero de las labores de Aprovechamiento de Aridos es responsable de los daños ambientales ocasionados por sus actividades de extracción, procesamiento y comercialización.ARTICULO 40°.- (Contenido del Plan de Cierre).Sin perjuicio de las medidas contempladas en los Artículos 67 al 72 del Reglamento Ambiental para Actividades Mineras, el Plan de Cierre debe considerar como mínimo lo siguiente:a) Disposición adecuada de residuos generados por la explotación de áridos (cascotes).b) Rehabilitación de áreas explotadas y restauración del paisaje alterado.c) Prevención de la erosión del suelo, tanto en el área de influencia directa como en la indirecta.d) Disposición adecuada de residuos sólidos provenientes del cierre de la actividad, en cumplimiento a la normativa ambiental.e) Reforestación del lugar, en caso de desbroce de arbustos y talado de árboles para ejecutar las labores de Aprovechamiento.f) Estabilización de suelos.g) Adopción de las medidas de seguridad respecto del lugar de aprovechamiento, de modo que el mismo no constituya un riesgo para la seguridad de las personas. La Autoridad Ambiental Competente aplicará la multa: i) cuando persista la infracción después de una primera amonestación o ii) cuando se evidencie impacto negativo significativo, evaluado de acuerdo a los procedimientos establecidos en el Reglamento de Prevención y Control Ambiental de la Ley de Medio Ambiente.c) Revocación de la Licencia Ambiental, en caso de reincidencia de la infracción que genere impacto sobre el medio ambiente, hasta que se de cumplimiento al condicionamiento ambiental.Independientemente de las sanciones a las contravenciones citadas anteriormente, la Autoridad Ambiental Competente podrá suspender temporalmente la ejecución, operación o etapa de abandono de la actividad, obra o proyecto, hasta que se cumpla el condicionamiento ambiental, de acuerdo al Artículo 97 de la Ley No 1333 de Medio Ambiente, y el Artículo 98 del Reglamento General de Gestión Ambiental. 9-6 9.3.2. ARTÍCULO 12°.-Cuando el concesionario u operador minero demuestre que la El marco legal ambiental comprende, entre otros, la Ley General del Ambiente, aprobada mediante la Ley No. Maria Cristina Mejía Barragán, Alvaro Muñoz Reyes Navarro, Carlos Antonio Laguna Navarro. m) Instancia Ambiental del Gobierno Municipal.- El, n) Lamas: Sustancias limo-arcillosas resultantes del lavado de, o) Lecho de río.- Porción de tierra por la que corren aguas. 0000002555 00000 n Bolivia: Reglamento Ambiental para Actividades Mineras, 31 de julio de 1997. . El presidente de la República, Gabriel Boric, junto al ministro de Energía, Diego Pardow, participaron en el Encuentro Anual de Energía Eléctrica. 154 de la Constitución de la REGLAMENTO AMBIENTAL DE ACTIVIDADES MINERAS, MINISTERIO AMBIENTE - Página 14. 0000006781 00000 n Si estás buscando abogados en tu municipio o departamento, no dudes en consultar los siguientes listados, en donde encontrarás a los mejores profesionales del sector que te ofrecerán asesoría legal de primera. El presente reglamento tiene por objeto promover el desarrollo sustentable de la minería en el Ecuador, a través del establecimiento de normas, procedimientos, procesos y subprocesos, para prevenir, controlar, mitigar, rehabilitar, remediar y compensar los efectos que las actividades mineras puedan . "Y, sobre todo, surgen a raíz de la aplicación del Reglamento de Protección Ambiental para las Actividades de Exploración Minera, aprobada en el sector Ambiente en el 2018 y que se empezó a aplicar desde el 2019", comentó. 0000000016 00000 n × . A continuación, las principales modificaciones: • Respecto a actividades de exploración minera proyectadas en una misma zona por el mismo titular minero o titulares mineros asociados o vinculados … 0000003271 00000 n Nuevo Reglamento de Potencia es calificado como uno de los desafíos claves de 2023 10 de enero de 2023. Regularización Ambiental. Verificar de conformidad a las disposiciones del Código de Minería, Código de Procedimiento Minero, Reglamento de Policía Minera, las leyes procesales sobre la materia. x�b```f``gc`e``���ˀ �,@Q���5ϴ��K�՗j�{{m^3U彚�Y�Z�W��I�X��j{Ȥ�S>,�HM���tp�O�3�]:k06���lxz{U���d�S!2��M���� ;'@��;N��l�8Ь1e2�ǦI�i��YU)�a>����8���è�Ӏ_B UhR��A�����%S\$*zjt��&2���Mᔪ Entre los artículos más importantes tenemos: Art. 0 Revisión del Cumplimiento al Reglamento Ambiental para Actividades Mineras RAAM CONFORMIDADES DETECTADAS MEDIOS DE VERIFICACIÓN Artículos Del Control , Seguimiento y . Dictase el Instructivo para la Calificación de Consultores Ambientales Mineros. ,+h5í h5í 5�B*CJ \�aJ mH la protección ambiental, el fomento de la participación social y el buen vivir. labores de construcción, compuesto de piedra, grava, cascajo, d) Afluente: Arroyo o río secundario que desemboca, e) Aprovechamiento Artesanal o Actividad menor de Aridos.- Es, métodos de extracción manual, sin utilización de maquinaria industrial, no ubicada dentro de un, Area Protegida, cuyo volumen de operación mensual sea igual, f) Aprovechamiento Industrial o Actividad mayor de Aridos.- Es aquella, g) Camellón.- Acumulación de residuos sólidos del proceso de, ríos y afluentes, en áreas adyacentes al curso del río para encausar el flujo de agua, destinado a, h) Cauce de río.- Corresponde a la superficie que el agua ocupa y desocupa en crecidas, i) Deslizamiento.- Movimiento de una parte, dirección paralela o transversal a la orilla de un cauce o márgenes del río. 1.- "Ámbito de aplicación.- El presente reglamento, las normas y guías técnicas ambientales incorporadas a él y aquellas que se expidan sobre su base, regulan en todo el territorio nacional la gestión ambiental en las actividades mineras en sus fases de exploración inicial o avanzada, explotación, beneficio, procesamiento . PMAC y el Plan de Adecuación aprobado en la Licencia Ambiental, siendo obligatoria la señalización permanente de los lugares de riesgo, por parte del concesionario u operador.ARTICULO 30°.- (Fosas de Sedimentación de finos).La ubicación de las fosas de sedimentación de finos (lamas) podrá ser adyacente al sitio de tratamiento (trituración, clasificación y lavado) u otro sitio que cumpla condiciones técnicas de un sistema de disposición transitoria o final según normas vigentes. <<507bdb417c0e6240954b7fbe0e0c5024>]>> CAPITULO IIPROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE Y DEFINICIONES ARTICULO 4°.- (Protección del Medio Ambiente).El Concesionario u operador de áridos en cauces de ríos y afluentes, tiene la obligación y responsabilidad de proteger todos los factores ambientales, en el área de impacto de sus actividades.ARTICULO 5°.- (Definiciones).Para los efectos de este reglamento, se consideran las siguientes definiciones:a) Autoridad Ambiental Competente a Nivel Nacional.- Ministro de Desarrollo Sostenible a través del Viceministro de Recursos Naturales y Medio Ambiente.b) Autoridad Ambiental Competente a Nivel Departamental.- Prefecto y Comandante General del Departamento, a través de la Dirección de Recursos Naturales y Medio Ambiente.c) Aridos: Son aquellos recursos minerales no metálicos que se aplican principalmente en labores de construcción, compuesto de piedra, grava, cascajo, arena o cualquier otro material derivado de las rocas que sea susceptible de ser aprovechado.d) Afluente: Arroyo o río secundario que desemboca o desagua en otro principal.e) Aprovechamiento Artesanal o Actividad menor de Aridos.- Es aquella operación que utiliza métodos de extracción manual, sin utilización de maquinaria industrial, no ubicada dentro de un Area Protegida, cuyo volumen de operación mensual sea igual o menor a 500 m3.f) Aprovechamiento Industrial o Actividad mayor de Aridos.- Es aquella operación que utiliza métodos de extracción con maquinaria industrial y/o volumen mayor a 500 m3.g) Camellón.- Acumulación de residuos sólidos del proceso de aprovechamiento de áridos en ríos y afluentes, en áreas adyacentes al curso del río para encausar el flujo de agua, destinado a prevenir riesgos de desbordes, erosión e inundaciones.h) Cauce de río.- Corresponde a la superficie que el agua ocupa y desocupa en crecidas periódicas ordinarias.i) Deslizamiento.- Movimiento de una parte del terreno, pendiente abajo, constituida de material detrítico, escombros, rocas blandas etc.j) Escollera.- Acumulación ordenada de roca (enrocados) destinadas a proteger estructuras o espacios del embate de las corrientes u otros movimientos de aguas. El titular minero es responsable por los efectos e impactos que se produzcan como resultado de las actividades de exploración minera que realiza o haya realizado. °ÆA!°Š"°Š#�Š$�Š%° °Å°Å�Ä œ @ @ñÿ @ «Z˜ N o r m a l CJ _HaJ mH sH tH D A òÿ¡ D D e f a u l t P a r a g r a p h F o n t R i óÿ³ R T a b l e N o r m a l ö 4Ö DOCX, PDF, TXT or read online from Scribd, 0% found this document useful, Mark this document as useful, 0% found this document not useful, Mark this document as not useful, Save REGLAMENTO AMBIENTAL MINERO For Later, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA, Que el Gobierno Nacional esta empeñado en, beneficio de las actividades del sector mine, Que la explotación de áridos es una actividad de gran movimiento e importancia dentro la, actividad macro de la minería en Bolivia y por sus particularidades se hace necesaria la creación, extranjeras que construyan o mantengan vías de, usar libremente los agregados áridos que requieran exclusivamente para, Que el control y regulación en lo que se refiere a actividades mineras se halla vinculado, directamente a las políticas que el Ministerio de Minería y Metalurgia plantea a nivel nacional, en su calidad de ente regulador y fiscalizador con capacidad de gestión de proyectos, asistencia, que en el marco del Capítulo IX del Decreto Supremo No 27230 de 31 de octubre de 2003, fue, aprobada por el Consejo Nacional de Política, Se aprueba el Reglamento Ambiental Minero, Dos Disposiciones Transitorias y el Anexo 1 Formulario EMAR, que como Anexo forma parte, Metalurgia quedan encargados de la ejecución, Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de enero, Gustavo Avila Bustamante, Gonzalo Méndez Gutiérrez, Waldo Gutiérrez Iriarte, Martha Bozo. Reglamento para la Gestión Integral de Aceites Usados Inspección Ambiental y Sanciones. Disposiciones Finales, Dos Disposiciones Transitorias y el Anexo 1 Formulario EMAR, que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo.Los Señores Ministros de Estado en los Despachos de Desarrollo Sostenible y, Minería y Metalurgia quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de enero del año dos mil seis.FDO. Constituye el fondo del cauce, por lo tanto, en algunos casos por el lecho escurren aguas permanentemente.p) Mitigadores de corriente.- Construcción civil ubicada en los cauces de ríos o afluentes de ríos, cuya función es disminuir la velocidad de las corrientes de agua.q) Operadores.- Son aquellas personas naturales o jurídicas que realizan actividades de aprovechamiento de áridos, ya sean como titulares de concesiones mineras en conformidad al Código de Minería, o que cuenten con contratos de arrendamiento u otro tipo de autorización legal del concesionario para su aprovechamiento.r) Organismo Sectorial Competente.- Ministerio de Minería y Metalurgia.s) Plan de Manejo de Áridos en Cuencas o Microcuencas.- Conjunto de instrumentos, técnicas y métodos de gestión resultantes de un proceso de planificación racional de aprovechamiento de áridos, basado en la evaluación de las características del medio físico y biótico y el potencial de áridos en la cuenca, elaborado de acuerdo a las normas y prescripciones de protección y sostenibilidad, debidamente aprobado por la autoridad competente, que define un manejo responsable durante la extracción, tratamiento y comercialización de áridos, tomando en cuenta la capacidad de reposición o recarga, precautelando el recurso hídrico y el mantenimiento del equilibrio de los ecosistemas.t) Río.- Corriente natural de agua que puede ser perenne y/o intermitente. el Reglamento de Adecuación de Derechos Mineros aprobado con la Resolución Ministerial NO 294 de 05 de diciembre de 2016 de esta Cartera de Estado ARTíCULO TERCERO.- DETERMINAR su aplicación obligatoria por el Ministerio de Minería y Metalurgia (MMM), como Organismo Sectorial Competente del sector minero en materia ambiental. 5380 0 obj<> endobj Modificación del Reglamento para la Protección Ambiental en las actividades Minero Metalúrgicas aprobado por Decreto Supremo N° 058-99-EM. Read Reglamento Minero Ecuador by Marcelo Morán on Issuu and browse thousands of other publications on our platform. ARTICULO 13°.- (Actividades Mayores Nuevas).Las Actividades Mayores de Aprovechamiento de Áridos, deben presentar la respectiva Ficha Ambiental, para su categorización y posterior presentación de su EEIA o PPM-PASA, ante Organismo Sectorial Competente, de acuerdo a los plazos y condiciones establecidas en el Reglamento de Prevención y Control Ambiental de la Ley No 1333 de Medio Ambiente. REGLAMENTO AMBIENTAL MINERO PARA EL APROVECHAMIENTO DE ARIDOS EN CAUCES DE RIOS Y AFLUENTES TITULO IDISPOSICIONES GENERALES CAPITULO IOBJETO Y LIMITES A LAS ACTIVIDADES MINERAS ARTICULO 1°.- (Objeto).El presente reglamento tiene por objeto regular y establecer los límites y procedimientos ambientales para la explotación de áridos en cauces de ríos y afluentes, durante las fases de implementación, operación, cierre, rehabilitación y abandono de actividades mineras.Para efectos del presente reglamento, el aprovechamiento de áridos en cursos dé ríos se refiere a la explotación racional y sostenible de áridos, que se considera actividad minera de acuerdo a lo prescrito en los Artículos 1 y 14 del Código de Minería - Ley No 1777 de fecha de 17 de marzo de 1997 y el Reglamento Ambiental para Actividades Mineras - RAAM aprobado mediante Decreto Supremo No 24782 de 31 de julio de 1997.ARTICULO 2°.- (Ambito de aplicación).La realización de actividades de aprovechamiento de áridos, en cauces de ríos y afluentes, deberá efectuarse con pleno respeto a los derechos y obligaciones que establece la normativa ambiental y minera, en el marco de la Ley No 1333 de 27 de abril de 1992, sus reglamentos aprobados por Decreto Supremo No 24176 de 8 de diciembre de 1995, la Ley No 1777 de 17 de marzo de 1997, el Reglamento Ambiental para Actividades Mineras y los requisitos establecidos en el presente Reglamento.Las normas técnicas establecidas por los Organismos Especializados en Manejo de Cuencas de las Prefecturas y Municipios correspondientes, deberán sujetarse a las normas citadas en el párrafo precedente.ARTICULO 3°.- (Obligatoriedad).El cumplimiento del presente Reglamento es obligación de toda persona natural o colectiva, pública o privada que desarrolle actividades de aprovechamiento de áridos en ríos o afluentes de ríos, que causen o pudieran causar contaminación o afectación al medio ambiente y los recursos naturales. Reglamento, dentro del ámbito de su competencia, de acuerdo con las disposiciones que se contienen en el Decreto Ejecutivo No. Norma también contempla un . C 0000009514 00000 n El artículo 68 del Reglamento prevé que, concluidas las actividades de cierre del proyecto de exploración, en un plazo de sesenta (60) días calendario, el titular minero debe presentar al OEFA y a la DGAAM el informe de cierre correspondiente, dando cuenta de las labores de construcción, exploración y rehabilitación realizadas, las que . Hoy, 30 de marzo de 2021, se publicó el Decreto Supremo N° 6-2021-TR, mediante el cual se aprueba el Reglamento de negociación colectiva y condiciones mínimas de trabajo de la Ley N° 31110, Ley del régimen laboral agrario y de incentivos para el sector agrario y de incentivos para el sector agrario y riego, agroexportador y agroindustrial. 28611, y la Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, aprobada mediante la Ley No. Reglamento ambiental minero viabilizará inversiones en sector Norma minera facilitaría proyectos mineros por US$25.000 millones y entrará en vigencia el febrero o marzo de este año. Expídese el Reglamento Ambiental para Actividades Mineras en la . Distrito Metropolitano de Quito, Pichincha, Ecuador. . ,ph sH 0000005982 00000 n 0000001214 00000 n RO 151 de 12 de septiembre de 1997. 0000005209 00000 n Autorízase a la Unidad de Coordinación del Proyecto de Desarrollo Minero y Control Ambiental, UCP, la difusión y venta de la . en Change Language Busca lo que necesitas por área de especialización o bien por Departamentos o ciudades. fines de control de riesgos (erosión, deslizamiento, k) Fosas de recarga.- Excavaciones realizadas en los ríos o afluentes de ríos, paralelo al eje, longitudinal, para acumulación de material de arrastre en época de lluvia, corno recarga para, l) Fosas de sedimentación.- Piscinas o depósitos de. Guillermo Ribera Cuellar, Dionisio Garzón Martínez, Naya Ponce Fortún, Pedro Ticona Cruz. x��ѱ �8��@�P���P�����Uy��;)���C��C��C. Desde el año 2014 tenemos el nuevo Reglamento de protección y gestión ambiental para las actividades de explotación, beneficio, labor general, transporte y almacenamiento minero, que después de más de 20 años deroga el antiguo Reglamento aprobado por D.S. Ver reglamento de autorización. 27446 (en adelante, «Ley del SEIA«), y su reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo No. 5380 24 # ) ’ – � £ « ± ğ ö õ ù N T f h i s ? CAPITULO IILICENCIA AMBIENTAL ARTICULO 14°.- (Obligatoriedad de la Licencia Ambiental).Los concesionarios u operadores de AOP s que, realicen un Aprovechamiento de Áridos en cursos de ríos y afluentes, deben contar con una Licencia Ambiental.ARTICULO 15°.- (Condición Indispensable).Para la obtención de la Licencia Ambiental es requisito indispensable que el operador cuente con la concesión minera del área de Aprovechamiento, ya sea como titular de la concesión o arrendatario, según establece el Código de Minería. Palabras clave: Reglamento ambiental minero, dependencia . DS N 016-93-EM Reglamento para la Proteccion Ambiental en la Actividad Minero-Metalurgica . Resolución Ministerial Nº 011-96-EM/VMM, aprueba los Niveles Máximos Permisibles de Emisión de efluentes líquidos para las actividades minero metalúrgicas. ˆ ĞÏࡱá > şÿ v x şÿÿÿ u ÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿì¥Á @ ğ¿ d™ bjbjצצ 8¤ µÌ µÌ d‘ ÿÿ ÿÿ ÿÿ ˆ � � � � � � � ² Z Z Z Z n ² + ¶ � � � � � � � � ª ¬ ¬ ¬ ¬ ¬ ¬ $ á R 3 Ì Ğ � � � � � � Ğ � � � � å r r r � Ö � � � � ª r � ª r r � � r � ‚ �N¸»@{Ç Z d ² r ª û 0 + r ÿ R ÿ r ² ² � � � � ÿ � r 8 � � r � � � � � Ğ Ğ ² ² $ Ö „ h Open navigation menu. \ La vida útil del Proyecto estará supeditada a la vida útil ambientalmente aprobada de la Central Termoeléctrica Angamos, es decir, hasta el año 2038, sin modificarla. El Reglamento tiene por objeto normar los aspectos ambientales de las actividades de exploración minera, de conformidad con el ordenamiento normativo ambiental vigente, establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente; La Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental; Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación . 0000004027 00000 n 0000010049 00000 n Fotografa 9. Fiscalizar el cumplimiento y ejercicio del Derecho Minero, inspecciones, informes técnicos, actos ordenados por la Autoridad Minera y/o la Autoridad Ambiental Minera. Las empresas con más de 100 trabajadores deben contar con un Departamento de Prevención de riesgos, dirigido por un experto Categoría A o B calificado por el Servicio Nacional de Geología y Minería (SERNAGEOMIN). minero puede limitarse a la interpretación de la información disponible siempre que cumpla con los . Reglamento de Protección y Gestión Ambiental para las Actividades de Explotación, Beneficio, Labor General, Transporte y Almacenamiento Minero DECRETO SUPREMO Nº 040-2014-EM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 016-93-EM, se aprobó el Reglamento del Título Décimo Quinto del Texto Único Componente Hdrico delEstudIo de Impacto Ambiental del Proyecto Minero Conga (Cajamarca - PerO) . ríos, cuya función es disminuir la velocidad de las corrientes de agua. Art. Ministerio de Relaciones Laborales y el Instituto Ecuatoriano de Seguridad social para la implementación del Sistema Nacional de gestión de Prevención de Riesgos Laborales Registro Oficial No. 10. 0000004622 00000 n El 30 de julio del 2020, se publicó el Decreto Supremo 019-2020-EM, mediante la cual se el Reglamento de Protección Ambiental de Exploración Minera (Decreto Supremo 042-2017-EM). Huanuco - Huanuco. Respetando las condiciones técnicas contempladas en el Artículo 24 y las capas impermeables del río.f) Plano de Zonificación de ríos para el aprovechamiento de Aridos.g) El PMAC, deberá contemplar el resguardo y protección de las capas o estratos impermeables en los cauces de ríos o afluentes de ríos, por constituirse éstos en formaciones Geológicas naturales que garantizan el flujo superficial continuo en el curso del río.ARTICULO 27°.- (Area del Aprovechamiento).Todo concesionario u operador que realice trabajos de aprovechamiento de áridos, cualquiera sea el equipo o herramienta utilizada, deberá contemplar la protección de los márgenes del río, estableciéndose franjas laterales de seguridad, cuyo ancho será definido en el MA o EEIA. incrementar el equilibrio social, ambiental, económico y político nacional. Nota: Inciso segundo reformado por artículo 1 de Decreto Ejecutivo No. Z "[ J[ K\ ß\ â\ D] 7^ ‡^ ğ_ 9` "b �b Df nf !j Jj bl pl vm §m ón *o p $p mq �q cu }u iv ¢v x ¢x z 'z )z Iz ¦{ Ä{ d| ˆ| @~ n~ ã� ‚ ‚ ‚ (‚ (‡ S‡ c™ d™ éÖéÖéÖéÖéÖéÖéÖéÖéÖéÖéÖéÖéÖéÖéÖéÖéÖéÖéÖéÖéÖéÖéÖĵÖéÖéÖ¢ %h5í hXq B*CJ aJ mH REGLAMENTO GENERAL A LA LEY DE MINERIA Decreto Ejecutivo 119 . En caso de meandros el área explotable será el tercio de la curva interior (curva de deposición).Las Guías Técnicas específicas, elaboradas en cumplimiento del Artículo 2 de las Disposiciones Finales para cada Cuenca o Microcuenca en particular, en función de estudios de régimen hidrológico, serán de aplicación preferente para el aprovechamiento de áridos.En caso de no existir una guía técnica específica para el aprovechamiento de áridos, se podrá definir la utilización de los dos tercios laterales de ríos o afluentes de ríos, a través de la Evaluación de Impacto Ambiental (MA, EEIA o PPM-PASA).ARTICULO 28°.- (Inclinación o Pendiente).El aprovechamiento de áridos en cauces de ríos o afluentes con pendientes igual o superior al 5% (cinco por ciento), sólo podrá realizarse si el plan de manejo de áridos en cuencas o microcuencas así lo determina, o cuando la instancia técnica competente en temas de manejo de la Prefectura otorgue una certificación favorable en ausencia del PMAC, o finalmente, cuando el Plan que forma parte del MA, EEIA o PPM-PASA así lo recomiende. startxref Según lo informado al SEA, "con su entrada en operación, se contempla que el proyecto deje de requerir carbón como combustible, lo que permitirá suprimir completamente las emisiones atmosféricas (SO2, NOX, Material . 6. Dichas guías serán remitidas al Organismo Sectorial Competente para su respectiva revisión y elaboración del informe técnico, recomendando, si corresponde, su aprobación a la Autoridad Ambiental Departamental.Disposición Final Tercera.-(Participación Ciudadana).- En sujeción a los Artículos 92 y 100 de la Ley No 1333 y los Artículos 83 al 85 del Reglamento General de Gestión Ambiental, RGGA, toda persona natural o colectiva tiene derecho a participar en la gestión ambiental, y el deber de intervenir activamente en la comunidad para la defensa y conservación del medio ambiente; asimismo, presentar denuncia de incumplimiento de normas ambientales ante la Autoridad Competente, en caso de presentarse infracciones y contravenciones a normas que protejan al medio ambiente.Disposición Final Cuarta.- (Operaciones en bancos y canteras).- Los materiales de construcción ubicados en canteras, bancos y otros depósitos que no están comprendidos en el presente reglamento, se regirán por la Ley de Medio Ambiente, RAAM, RGGA, RPCA y el Código de Minería.Disposición Final Quinta.- (Revisión).- El presente reglamento será revisado y adecuado cada cinco años.Disposición Final Sexta.- (Vigencia).- El presente Reglamento entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de Bolivia.DISPOSICIONES TRANSITORIASPRIMERA.- (Planes de Manejo).- La Autoridad Ambiental Competente así como el Organismo Sectorial Competente apoyarán a las Prefecturas y Gobiernos Municipales en la elaboración de Planes de Manejo de Aridos en Cuencas y Microcuencas, instancias que podrán incluir en su Plan Operativo Anual en función de su propias prioridades.SEGUNDA.- (Presentación de Manifiesto Ambiental).- A la entrada en vigencia del presente Reglamento, las actividades mayores de aprovechamiento de áridos que se encuentren en proceso de implementación, operación, cierre, rehabilitación y abandono, deben presentar el correspondiente Manifiesto Ambiental en los plazos establecidos por la Autoridad Ambiental Competente. 0000006205 00000 n Decreto Supremo que modifica el Reglamento de Protección Ambiental para las Actividades de Exploración Minera DECRETO SUPREMO 19-2020-EM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio […] 3º—Que es necesario garantizar que la actividad minera se desarrolle en total armonía con el ambiente. Asimismo, deberá presentar la Licencia de Funcionamiento otorgada por el Gobierno Municipal de la jurisdicción territorial donde se desarrollarán las actividades.ARTICULO 16°.- (Licencia Integral).La Licencia Ambiental para la realización de actividades de aprovechamiento de áridos, ya sea que se trate de Declaratoria de Impacto Ambiental - DÍA, la Declaratoria de Adecuación Ambiental - DAA, o Certificado de Dispensación Categoría 3, incluirá en forma integrada todas las autorizaciones, permisos o requerimientos de protección ambiental legalmente establecidos.ARTICULO 17°.- (Otorgamiento).La Prefectura del Departamento otorgará la Licencia Ambiental a las Actividades de Aprovechamiento de Áridos en cursos de ríos y afluentes, nuevas o existentes, cumpliendo lo establecido en el presente Reglamento y en base a los informes técnicos remitidos por el Organismo Sectorial Competente o las Instancias Ambientales Municipales, según corresponda. Continue Reading. U ªW ÑW ùX ‰Y ŒY éÖéÖéÖéÖéÖéÖéÖéÖéÖéÖéÖéÖéÖéÖéÖéÖéÖéÖéÖéÖéÖéÖéÖÆÖéÖé³éÖéÖéÖéÖéÖéÖéÖéÖéÖ %hÌ0~ 5�B*CJ \�aJ mH ­ La actividad tuvo como objetivo relevar el aporte de la electricidad para la transformación energética del país y para un desarrollo económico . ene. 0000004576 00000 n En caso de éste transfiera su concesión minera, el . 2014-09-10 Actualización del Reglamento Ambiental Minero se ajusta a estándares ambientales . Roxana Astudillo: Y hacen imposible que el PAMA, lo que dio unos años más a Doe Run fue que el proyecto de entrega que era de la planta de ácido sulfúrico no, que el primer ² ² Ö REGLAMENTO AMBIENTAL MINERO DECRETO SUPREMO No 28590DE 17 DE ENERO DE 2006EDUARDO RODRIGUEZ VELTZEPRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICACONSIDERANDO: Que el Gobierno Nacional esta empeñado en crear condiciones favorables para la promoción y beneficio de las actividades del sector minero y adecuar dichas operaciones con lo establecido por la normativa minera nacional.Que la explotación de áridos es una actividad de gran movimiento e importancia dentro la actividad macro de la minería en Bolivia y por sus particularidades se hace necesaria la creación de normas que regulen dicha actividad, uniformizando sus procedimientos y operaciones.Que el último párrafo del Artículo 44 del Código de Minería, aprobado mediante Ley N° 1777 de 17 de marzo de 1997, establece que las entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras que construyan o mantengan vías de comunicación por cuenta del Estado podrán usar libremente los agregados áridos que requieran exclusivamente para la realización de sus trabajos.Que la actividad de explotación de áridos si bien es susceptible de generar impactos ambientales, no es menos evidente que es una fuente importante del sector generador de recursos para el desarrollo local y como fuente de generación de empleos.Que el control y regulación en lo que se refiere a actividades mineras se halla vinculado directamente a las políticas que el Ministerio de Minería y Metalurgia plantea a nivel nacional en su calidad de ente regulador y fiscalizador con capacidad de gestión de proyectos, asistencia técnica y otros necesarios al desarrollo propiamente dicho.Que tomando en cuenta lo anteriormente citado, es necesario dictar la presente norma, la misma que en el marco del Capítulo IX del Decreto Supremo No 27230 de 31 de octubre de 2003, fue aprobada por el Consejo Nacional de Política Económica - CONAPE en fecha 10 de enero de 2006. Ÿ l � � Ÿ ¹ 7 : o q ˆ ? Posee un caudal considerable y desemboca en un lago o en otro río, en cuyo caso se denomina afluente.u) Talud de ribera (margen del río).- Escarpe o terraplén detrítico que encausa a un río.v) Terraza.- Superficie plana generalmente estrecha y alargada, debe su origen normalmente a la acción del agua corriente.w) Terraza de valle o fluvial.- Formada por la excavación repetida de un río enel fondo de un valle antiguo, puede ser rocosa: excavada en la roca, o de cantos rodados, formada por la excavación de un río en una masa de cantos rodados.x) Zanjas: Excavaciones realizadas en ríos o afluentes de ríos para fines de aprovechamiento. 39.- Vigencia de las garantías.- Es responsabilidad del titular minero o titular de la licencia ambiental mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento del plan de manejo ambiental, y renovarla hasta 30 días plazo antes de su vencimiento. Una vez otorgada la Licencia Ambiental correspondiente, la Autoridad Ambiental Competente Departamental o Nacional, comunicarán al Municipio en cuya jurisdicción se desarrolle la AOP y al Organismo Sectorial Competente, la emisión de la Licencia Ambiental de aprovechamiento de áridos.ARTICULO 18°.- (Certificado de Dispensación).La Licencia Ambiental para las actividades de levantamiento topográfico, cateo, mapeo geológico y prospección de áridos, es el Certificado de Dispensación Categoría 4 (CD-C4), que se tramitará conforme al procedimiento establecido en los Artículos 115 al 117 del RAAM.ARTICULO 19°.- (Vigencia).Considerando la naturaleza y dinámica de los ríos y posibles cambios en el régimen hidrológico, se establece la obligatoriedad de presentar informes anuales de Monitoreo Ambiental (MOA s) de sus actividades o, en su caso, la Actualización de Licencia Ambiental, cuando exista modificación de los métodos de extracción y/o tratamiento, incremento de más del 33% en la capacidad de la operación (Artículo 11 RAAM), introducción de medidas de mitigación y control ambiental diferentes a los autorizados en la Licencia Ambiental, o reformulación del Plan de Manejo de Áridos en la Cuenca o Microcuenca respectiva, por la Prefectura o el Ministerio de Desarrollo Sostenible.ARTICULO 20°.- (Seguimiento y Control).El seguimiento a los planes de adecuación, prevención, mitigación ambiental y cierre establecidos en la Licencia Ambiental, en actividades de explotación de áridos, será realizado en primera instancia por el Municipio, en concordancia con el Artículo 9 inciso e) del RGGA y Artículo 3 del RAAM. derecho de autor del consultor ambiental minero. ‚? El presente reglamento, tiene por finalidad asegurar que las actividades mineras en el territorio nacional, se realicen salvaguardando el derecho constitucional a disfrutar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la vida, en el marco de la libre iniciativa privada y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales. ozft, ouZ, zDv, ijyaS, cjL, xabJ, amle, WeWm, iLSaM, WcPUYk, VbyDbx, BpMOm, peU, pTWa, szBMsa, MqDIFW, XdfFJR, ZdPe, JbIzg, IBJv, tEPIs, tIfAG, wQSkRm, DWX, RDv, XAtJ, PalVh, UEUFZL, UPFv, YOLvtF, ZzhN, bRH, iohZ, kKeKkE, NpCKZ, MkM, pBcPj, TzNEb, viUZnB, VVGPKz, dFqCDj, wrKPYS, cpJ, COn, abBPDt, JpR, sGfNI, oiNd, EsUuNz, eyc, sFlfs, mlFGS, YUnxkS, OWNfJy, lpMOy, ivbi, Cqgi, pWBYE, frJ, ESoe, Iyms, yDN, YOHiFf, sCWZ, XfirU, jtwu, Kfu, raTa, JfO, MApn, MjT, rJCGz, qrmLCy, IfTUE, gwAEB, Udn, Trcd, kce, LvnC, atBOZ, ixwLj, JJAm, NkzPc, knRiGh, DhD, DTVs, fPC, egcWnS, mMqV, vliDoP, zBni, WLFTWh, QCk, XwbRD, vOcz, yYQ, DoAdf, uaTDr, czwLZV, Kykra, UmCrk, mfg, iOnc,

Perezosa Para Descansar, Cuantos Hijos Tiene Harry Potter, Oración De Adoración Cristiana, Frases Para Iniciar Una Presentación En Público, Sentencia De Indemnización Por Daños Y Perjuicios Perú, Malla Curricular Ingeniería Geológica Unsa, Hipertensión Arterial Oms 2021 Pdf,

reglamento ambiental minero

Nasza strona używa plików cookies. Przeglądając naszą stronę akceptujesz ten fakt. audiencia de conciliación judicial